Signos Distintivos

Las Marcas forman parte de los denominados signos distintivos de las empresas, y de conformidad con nuestra legislación nacional, la marca es todo signo visible que distinga productos o servicio de otros de su misma especie o clase en el mercado.

La marca tiene una vigencia de diez años contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud y podrá renovarse por períodos de la misma duración.

Nombre Comercial, también forma parte de los llamados signos distintivos de las empresas, y se encuentra formado por el nombre de una empresa o establecimiento industrial, comercial o de servicios, y el derecho a su uso exclusivo estará protegido, sin necesidad de registro. La protección abarcará la zona geográfica de la clientela efectiva de la empresa o establecimiento al que se aplique el nombre comercial y se extenderá a toda la República si existe difusión masiva y constante a nivel nacional del mismo.

Los Nombres Comerciales tienen vigencia de diez años contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud y podrá renovarse por períodos de la misma duración.

Avisos Comerciales, Se considera aviso comercial a las frases u oraciones que tengan por objeto anunciar al público establecimientos o negociaciones comerciales, industriales o de servicios, productos o servicios, para distinguirlos de los de su especie.

Los avisos comerciales tienen vigencia de diez años contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud y podrá renovarse por períodos de la misma duración.

Denominación de Origen, Se entiende por denominación de origen, el nombre de una región geográfica del país que sirva para designar un producto originario de la misma, y cuya calidad o característica se deban exclusivamente al medio geográfico, comprendido en éste los factores naturales y los humanos.

De acuerdo con la OMPI (Organización Mundial de la Propiedad Intelectual), la denominación de origen es un tipo especial de indicación geográfica que por lo general consiste en un nombre geográfico o una designación tradicional utilizada para productos que poseen cualidades o características específicas que cabe atribuir principalmente al entorno geográfico de producción.

Si bien una denominación de origen existe sin necesidad de que se emita una declaratoria de protección, sin embargo, para que esta pueda ser protegida, se debe solicitar la declaratoria de protección ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial. El titular de una denominación de origen es el Estado Mexicano, y la protección se encomienda al Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, quien puede autorizar el uso de la denominación de conformidad con el trámite previsto por la Ley de la Propiedad Industrial.

Los efectos de la autorización para usar una denominación de origen durarán diez años, contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud en el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, ésta autorización podrá ser renovada por períodos iguales.


Actualmente México tiene 15 denominaciones de origen, siendo las siguientes:

Ámbar de Chiapas (ámbar); Arroz del Estado de Morelos (arroz); bacanora (bebida destilada); café de Chiapas (café); café de Veracruz (café); Charanda (bebida alcohólica-antes conocida como aguardiente); Chile Habanero de la Península de Yucatán (protege una variedad de chile); Mango Ataúlfo del Soconusco Chiapas (mango); Mezcal (bebida alcohólica elaborada a partir de la destilación del corazón del Maguey); Olinalá (artesanía de madera); Sotol (bebida alcohólica elaborada con agave silvestre); Talavera (cerámica artesanal); Tequila (bebida alcohólica obtenida del agave azul ); Vainilla de Papantla (especia aromática); Cacao Grijalva (cacao).

La vigencia de la declaración de protección de una denominación de origen estará determinada por la subsistencia de las condiciones que la motivaron y sólo dejará de surtir efectos por otra declaración del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI).

El Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI), por conducto de la de Relaciones Exteriores, realizará el trámite correspondiente para obtener el reconocimiento de una denominación de origen en el extranjero conforme a Tratados Internacionales.

En creaciones industriales, nuestro equipo cuenta con una amplia experiencia para realizar búsquedas de antecedentes, a fin de darle al cliente la mejor perspectiva para lograr el registro de su marca o signo distintivo, del mismo modo, nuestra experiencia en litigio nos ha dado la suficiente experiencia para iniciar o defender la marca en un procedimiento de oposición, así como las impugnaciones en contra de las negativas decretadas por el IMPI (Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial), y en las instancias judiciales correspondientes.

Nuestro equipo también se encarga de informar oportunamente los plazos de renovación de los registros, así como la elaboración de todo tipo de contrato relacionado con la propiedad industrial, como son licencias de uso, acuerdos de coexistencia, cesiones de registro.